Artículo 15. Derechos del estudiante o la estudiante montessoriano(a):
Los Derechos fundamentales contemplados en la Constitución y las leyes, donde prevalecen los Derechos Humanos Generales, son un conjunto de principios de acción encaminados a proteger y promover la dignidad humana. La dignidad se considera un atributo inherente a todo ser humano y su propósito es asegurar el mayor respeto y cuidado de la condición humana. Estos son:
§ Derecho a la vida, derecho fundamental que permite el disfrute de los demás derechos.
§ Derecho a la familia.
§ Derecho la salud.
§ Derecho a no ser discriminado.
§ Derecho a la integridad personal.
§ Derecho a la intimidad.
§ Derecho al buen nombre.
§ Derecho al libre desarrollo de la personalidad.
§ Derecho a la objeción de consciencia.
§ Derecho a libertad religiosa.
§ Derecho a no ser obligado(a) a declarar contra mí mismo/a o contra familiares o parientes que se encuentren en segundo grado de afinidad o cuarto grado de consanguinidad.
§ Derecho de petición.
§ Derecho de acceso documentos de carácter público o los que pueden afectarlo como persona
§ Derecho al sufragio.
§ Derecho de resistencia.
§ Derecho a la educación.
§ Derecho de libre asociación.
§ Derecho al debido proceso.
§ Derecho a la participación de todos aquellos asuntos que puedan afectar a la persona.
§ El derecho a la libertad de expresión.
Derechos Sexuales y Reproductivos: Los DHSR, hacen parte integral de los DDHH, y por tanto, comparten su naturaleza y características esenciales. Tales derechos están orientados a proteger la dignidad humana en relación con la dimensión sexual y reproductiva. Corresponde a la institución forman en y para el ejercicio de los DDRS. Entre ellos están los siguientes planteados por la Defensoría del Pueblo, Profamilia & OIM, 2007, pág. 24,
Derechos Sexuales:
§ El derecho de hombres y mujeres a ser reconocidos como seres sexuados.
§ El derecho a fortalecer la autoestima y autonomía para adoptar decisiones sobre la sexualidad.
§ El derecho a explorar y a disfrutar de una vida sexual placentera, sin vergüenza, miedos, temores, prejuicios, inhibiciones, culpas, creencias infundadas y otros factores que impidan la libre expresión de los derechos sexuales y la plenitud del placer sexual.
§ El derecho a vivir la sexualidad sin sometimiento a violencia, coacción, abuso, explotación o acoso.
§ El derecho a escoger las y los compañeros sexuales.
§ El derecho al pleno respeto por la integridad física del cuerpo y sus expresiones sexuales.
§ El derecho a decidir si se quiere iniciar la vida sexual o no, o si se quiere ser sexualmente activa o activo o no.
§ El derecho a tener relaciones sexuales consensuadas.
§ El derecho a decidir libremente si se contrae matrimonio, se convive con la pareja o si permanece sola o solo.
§ El derecho a expresar libre y autónomamente la orientación sexual.
§ El derecho a protegerse del embarazo y de las infecciones de transmisión sexual.
§ El derecho a tener acceso a servicios de salud sexual de calidad. Los criterios básicos de calidad son: buen trato, eficiencia, confidencialidad, accesibilidad geográfica y económica.
§ El derecho a contar con información oportuna, veraz y completa sobre todos los aspectos relacionados con la sexualidad.
Derechos Reproductivos:
§ El derecho de mujeres y hombres de decidir de manera libre y responsable la posibilidad de ser madres o padres.
§ El derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijas o hijos y el intervalo entre ellas y ellos, y a disponer de la información, educación y medios para lograrlo.
§ El derecho a decidir libremente el tipo de familia que se quiere formar.
§ El derecho a acceder a métodos anticonceptivos seguros, aceptables y eficaces (incluyendo la anticoncepción de emergencia).
§ El derecho de las mujeres a no sufrir discriminaciones o tratos desiguales por razón del embarazo o maternidad, en el estudio, trabajo o dentro de la familia.
§ El derecho a tener acceso a servicios de salud y atención médica que garanticen una maternidad segura, libre de riesgos en los periodos de gestación, parto y lactancia y se brinde las máximas posibilidades de tener hijas o hijos sanos.
§ El derecho a contar con servicios educativos e información para garantizar la autonomía reproductiva.
§ El derecho a tener acceso a los beneficios del progreso científico, para contar con servicios accesibles que satisfagan las necesidades dentro de los mejores estándares de calidad.
Derechos generales del estudiante o la estudiante montessoriano (a):
1. Recibir una educación integral, en concordancia con las normas legales vigentes, con los objetivos y programas académicos de la institución.
2. Contar con las condiciones necesarias, en cuanto a recursos humanos, físicos y materiales, para desarrollar sus capacidades cognoscitivas y avanzar en la construcción del pensamiento, de las ciencias y las humanidades.
3. Disponer de un ambiente positivo en el que sin discriminaciones ni irrespetos a la dignidad personal, pueda aprender a convivir con sus semejantes, creciendo continuamente en la capacidad de tratar a los demás según los valores sociales y cristianos.
4. Recibir durante su permanencia en la institución, la guía y atención personal necesaria; para desarrollar sus capacidades y a partir de éstas, trazar su proyecto de vida.
5. Ser tratado(a) con respeto y dignidad que toda persona merece, por todos los miembros de la Comunidad Educativa.
6. Gozar de un ambiente sano, tranquilo, estético y agradable que permita un buen proceso de aprendizaje.
7. Utilizar constructivamente las instalaciones, los medios de apoyo pedagógico y materiales didácticos que estén orientados a su formación integral.
8. Utilizar y recibir oportunamente los servicios de bienestar estudiantil que dispone la institución.
9. Participar y disfrutar del libre esparcimiento, la práctica deportiva, el descanso, el juego y actividades culturales.
10. Recibir información adecuada y oportuna.
11. Conocer el Manual de Convivencia, la filosofía y los principios que definen las orientaciones pedagógicas de la institución.
12. Ser identificado como miembro de la institución y proyectar su buena imagen dentro y fuera del colegio
13. Elegir y ser elegido, dentro de los órganos del gobierno escolar que cuentan con participación estudiantil.
14. Representar a la institución en todo tipo de eventos para los cuales sea elegido o seleccionado, siempre y cuando se adapte a las políticas de elegibilidad planteadas en la institución.
15. Expresar libre y oportunamente sus inquietudes y/o dificultades a través del Consejo Estudiantil o el Personero.
16. Ser atendido a sus reclamos y solicitudes que realice a través de los conductos regulares.
17. Conocer las anotaciones realizadas en el observador del alumno, sobre su comportamiento que hagan los profesores, el director de grupo y los coordinadores.
18. Hacer propuestas que busquen mejorar la formación personal, la calidad de la educación y el bienestar estudiantil.
19. Ser informado sobre los objetivos, programas, logros, indicadores de logros y formas de evaluación en las diferentes áreas.
20. Desarrollar y manifestar sus aptitudes o habilidades en las diferentes áreas del conocimiento en todo lo referente a su formación personal.
21. Ser evaluado en forma integral y de acuerdo a las normas legales vigentes, teniendo en cuenta que es cuantitativa, cualitativa, individual y humanística.
22. Conocer oportunamente el resultado de sus evaluaciones.
23. Conocer los informes de su desarrollo académico y de comportamiento en forma periódica y solicitar que se modifiquen los que no correspondan a la realidad, por error, omisión o cualquier otra razón debida y plenamente justificada antes de efectuar el informe final.
24. Presentar los trabajos, investigaciones, actividades o evaluaciones que se hayan hecho en su ausencia, siempre y cuando dicha ausencia se encuentre debidamente justificada y permitida de acuerdo con las normas previstas en el manual de convivencia.
25. Recibir oportunidades para reforzar o recuperar las competencias y logros no alcanzados en las diferentes asignaturas.
26. Recibir asesoría en las áreas donde persistan sus debilidades académicas, a través de un programa especial de refuerzo.
27. Ser tenido en cuenta para los estímulos establecidos por la institución, cuando haga méritos.