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Artículo 35. Los bienes personales:

La institución propenderá por cultivar en el grupo de estudiantes el orden, cuidado y pulcritud en sus útiles y herramientas de trabajo, así mismo todos los bienes personales de cada miembro de la Comunidad serán respetados, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

1. Los miembros de la comunidad educativa tendrán derecho a que se respeten sus bienes y pertenencias dentro de las instalaciones de la institución.

2. Se considera una acción en contra de las normas de convivencia el robo, daño y/o deterioro intencional de los bienes personales.

3. Los afectados tienen derecho y que se adelante la respectiva investigación para aclarar la situación y lograr que los responsables asuman la reparación del daño o perdida.

4. Es deber de los estudiantes cuidar todos los muebles, enseres y pertenencias propias, las del compañero, de los profesores y de la Institución. Se hará responsable de su mal uso, daño o robo de implementos suministrados o bajo su cuidado. En caso de pérdida definitiva por robo o daño deberá reponerlo de modo oportuno.

5. Reportar oportunamente a sus profesores y/o coordinación, rectoría sobre cualquier anomalía, robo o sustracción relacionada con pertenencias propias, de compañeros, funcionarios o en general de la Institución; y suministrar información necesaria para aclarar los hechos.

6. El estudiante se hace responsable por el ingreso y uso de joyas, celulares, portátiles, ipop, MP3, MP4, Consolas de video juegos, cámaras, etc., La institución no permite el ingreso de estos elementos personales a sus instalaciones, por lo tanto no se hará responsable en caso de pérdida o daño por estos elementos.

Artículo 36. Los bienes colectivos: 

Todos los miembros de la Comunidad Educativa usarán y tratarán con esmero y de modo adecuado, con base en las instrucciones pertinentes los equipos, bienes, muebles, inmuebles, material didáctico, libros y textos, implementos deportivos y recreativos que la Institución a puesto para su servicio y bien común. Velarán por su cuidado y denunciarán las anomalías que contra ellos se cometan por indebido uso o por robo.

Cuando algún miembro de la Comunidad cause daños, de forma intencionada o por negligencia, al mobiliario y/o material de la Institución, queda obligado a reparar el daño causado o hacerse cargo del costo económico de su reparación. En el caso de los estudiantes, sus padres o acudientes serán asumirán esta responsabilidad.

El grupo de estudiantes, personal docente, administrativos, de apoyo y servicios generales tendrán el deber de cuidar las carteleras, afiches y avisos que se colocan con el fin de brindar información o complementar el proceso formativo en la Institución.

La Rectoría de la Institución entregará a los docentes el material pedagógico de apoyo necesario para el desarrollo de sus actividades escolares y serán responsables de su uso.

El manejo y cuidado de equipos y elementos especiales o de delicado uso, como computadores, video Beam, televisores, y demás aparatos eléctricos y electrónicos, es responsabilidad de los docentes, su uso es exclusivamente pedagógico y los estudiantes podrán utilizarlos solo bajo la supervisión del profesor responsable.








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