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Artículo 32. Presentación Personal. 

El estudiante debe presentarse diariamente con el uniforme completo totalmente limpio y según corresponde al día. La institución exige pulcritud y excelente higiene personal a los alumnos, profesores y demás colaboradores de la institución. En el aseo personal se debe prestar especial atención a los siguientes aspectos:

Los estudiantes llevaran su cabello limpio, bien peinado y con cortes definidos, bien bañados, cepillado de dientes, uñas limpias y cortas, usar desodorante cuando se requiera, uniformes completos, limpios y en óptimas condiciones y zapatos limpios. Los hombres mantendrán el cabello corto, sin modas fuera de lo común, no deben usar tatuajes, ni piercing.

Las mujeres mantendrán el cabello largo o corto, limpio y sin tinturas extravagantes, peinadas con especial atención usando adecuadamente los accesorios necesarios y acordes con el color del uniforme; se presentaran sin maquillaje, las uñas bien arregladas únicamente con esmalte transparente.

Artículo 33. Salud Pública: 

La comunidad educativa adquiere el compromiso de generar acciones de promoción para la prevención de enfermedades dentro de la institución. Para preservar la salud de los miembros de la comunidad educativa se tendrán en cuenta las siguientes normas:

1. Se mantendrá un ambiente sano e higiénico, libre de factores epidemiológicos y contaminantes.

2. La comunidad educativa recibirá instrucciones sobre las normas mínimas de higiene, aseo personal, conservación individual y colectiva de la salud, las cuales deben ser acatadas por el bienestar colectivo.

3. Ninguna persona con enfermedad infectocontagiosa podrá asistir al colegio y sólo deberá hacerlo nuevamente cuando acredite certificado médico.

4. La comunidad de estudiantes y profesores participarán en campañas de salubridad y prevención de enfermedades endémicas que la institución realice con entidades de salud.

5. A hacer uso de unidades sanitarias y lavamanos con buena circulación de aguas y excelente mantenimiento e higiene.

6. Se declarará suspensión de académicas parciales o totales en casos de emergencia sanitarias por ausencia definitiva de agua o por emergencia epidemiológica.

Artículo 34. Políticas específicas de prevención frente al uso de armas y el consumo de sustancias psicoactivas: 

La institución a través de la transversalidad del currículo generará acciones de promoción y prevención frente al consumo de alcohol, sustancias psicotrópicas y uso de armas. Por lo tanto, para la preservación de la salud y seguridad de toda la comunidad educativa queda prohibido ingresar y/o usar a la institución:

1. Armas de fuego, objetos cortos punzantes, (cuchillos, cortaplumas etc.) explosivos, ácidos, ni ningún otro elemento peligroso para su integridad o la de sus compañeros y la de cualquier miembro de la comunidad escolar.

2. Sustancias psicotrópicas, toxicas o inflamables como cigarrillos, licores, fármacos específicos, marihuana o cualquier tipo de sustancias ilícitas. Ninguna persona bajo los efectos de estas sustancias puede ingresar al plantel.

Las medidas que la institución tome, con relación a la detección de consumo, posesión o expendio de sustancias psicoactivas en sus instalaciones, estarán enmarcadas según lo establecido por la legislación colombiana Ley de infancia y adolescencia, El Código Sustantivo del Trabajo y el Manual de Convivencia.

El Colegio garantizará la confidencialidad en el manejo de la información relacionada con el consumo de sustancias psicoactivas de por parte de algún miembro de la Comunidad Educativa.

El consumo, posesión o expendio de sustancias psicoactivas y porte de armas dará lugar a la aplicación del protocolo establecido en este manual de convivencia, activando del Protocolo para situaciones Tipo III, contempladas en la Ley 1620, Decreto 1965 y el presente Manual de Convivencia.








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